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CONCEPTOS TEÓRICOS
- Contenido digital: cualquier forma de datos o información en forma digital (archivos electrónicos), en oposición a la forma física.
- Software: equipamiento lógico o soporte lógico de una computadora digital, y comprende el conjunto de los componentes lógicos necesarios para hacer posible la realización de una tarea específica, en contraposición a los componentes físicos del sistema. Tipos de Software:
-Software libre (free software): gratis/evaluación.
-Software propietario (privativo): cerrada/abierta.
PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE AUTOR (Copyright):
Cualquier propiedad que, de común acuerdo, se considere de naturaleza intelectual y merecedora de protección. Por tanto, cualquier creación de la mente humana es parte de la propiedad intelectual.
En lo que respecta a los derechos de autor, se distinguen los derechos:
- Morales: incluyen aspectos como el reconocimiento de la condición de autor de la obra o el reconocimiento del nombre del artista sobre sus interpretaciones o ejecuciones.
- Patrimoniales: relacionados con la explotación de la obra o prestación protegida. Estos derechos otorgan la capacidad de solicitar una compensación económica por los actos de explotación que se hagan sobre la obra. Estos derechos están asociados al Copyright que se representa a través del conocido símbolo © que se asocia a la idea de “todos los derechos reservados”.
LICENCIAS SOBRE CONTENIDOS DIGITALES:
Creative Commons (CC) es una organización sin ánimo de lucro:
Hay seis tipos de licencias principales:
• Reconocimiento (CC BY).
• Reconocimiento - Sin obra derivada (CC BY-ND).
• Reconocimiento - Sin obra derivada - No comercial (CC BY-ND-NC).
• Reconocimiento - No comercial (CC BY-NC).
• Reconocimiento - No comercial - Compartir igual (CC BY-NC-SA).
• Reconocimiento - Compartir igual (CC BY-SA).
Práctica 3º clase 08/02/23
Hoy, en clase, hemos aprendido a localizar la licencia de cada tipo de contenido buscado de interés, relacionado con el tema de nuestra Unidad Didáctica: Resuelvo Tareas. Además, con Creative Commons hemos puesto en práctica la creación de nuestra propia licencia para agregarla a nuestros contenidos digitales, es decir, tanto a nuestro blog personal como a nuestro proyecto grupal.
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